martes, 12 de enero de 2016

Abierto plazo presentación instancias Oposiciones Justicia hasta el 1 de febrero

Abierto el plazo de presentación de solicitudes oposiciones Justicia.
El último día  presentación  instancias día 1 de Febrero 2016
Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de Justicia, MODELO 790, que se descarga gratuitamente en la página web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Empleo Público - Oposiciones y procesos selectivos).

Descarga Instancia Auxilio Judicial
Descarga Instancia Tramitación Procesal
Descarga Gestión Procesal Promoción Interna

1) Rellenar el pdf del formulario de Instancia descargado. (O Imprimir el formulario en Blanco de la instancia y rellenar a Boligrafo todos los campos. o hacer todo telemáticamente si se dispone de certificado digital)
 No olvidarse de firmar y poner la fecha
(No se puede  fotocopiar el formulario, puesto que contiene un código numérico único )

2) Acudir con la instancia ya rellena o cumplimentada a una Entidad Colaboradora (BANCO. EJEMPLO: BBVA, SANTANDER ETC...) a efectuar el pago de la tasa  (salvo que estéis exentos de pago de tasa, ver la base novena, punto 6, de las Bases comunes ejemplo exenciones o reducciones de tasa: Las personas que figurasen como demandantes de empleo (desempleados)  durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la Orden de convocatoria (1 de diciembre 2015) etc...
Precio de la tasa:
Auxilio Judicial: 11,21 euros
Tramitacion Procesal turno Libre: 14,97 euros
 Tramitación Procesal promoción Interna: 7,49 euros
Gestion Promocion Interna: 7,49 euros
3) Acudir a un Registro Público para presentar la  solicitud, ( una vez validada por el Banco) Es decir o en el Registro General del Ministerio de Justicia, c/Bolsa nº 8, 28071 Madrid o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Vale de conformidad con la Ley 30/92  en la Oficina de Correos (que os sellen con el matasellos de correos con la fecha que la remitis la  solicitud de instancia a la Secretaria de Estado del Ministerio de Justicia. Secretaría de Estado de Justicia, Calle Bolsa, nº 8, Madrid
 Os recomendamos llevar los originales y una copia con un sobre abierto con la dirección a donde va dirigida la instancia, cuando os pongan el sello con la fecha, tanto en el  original como en  vuestra copia. La copia os la quedais, y el original sellado, va dentro del sobre dirigido a la Secretaria de Estado de Justicia )

No se puede  fotocopiar el formulario, puesto que contiene un código numérico que debe ser único 
Os dejamos de todos modos las Instrucciones publicadas en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

Exención de Tasas para desempleados:
De conformidad con las bases comunes, debes ir a la oficina de empleo y que hagan un justificante para adjuntarlo a la instancia. Tambien tienes que adjuntar a la instancia la declaracion tuya jurada de que careces de rentas superiores, en computo mensual, al salario minimo interprofesional.



b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la Orden de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, que deberá también acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en el párrafo anterior, se solicitará en las oficinas de los servicios públicos de empleo. La acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.


No obstante lo anteriormente explicado los transcribimos las Instrucciones publicadas en la web del Ministerio de Justicia, que reproducimos textualmente:

"Al seleccionar el icono “Sede Electrónica” se accede a la siguiente página en la que se puede optar a las siguientes posibilidades:
Opción 1. Inscribirse
Esta opción está reservada a quienes estén obligados al pago y dispongan además de certificado electrónico.
Le remitirá a la plataforma Inscripción en Pruebas Selectivas, en la que debe marcar la palabra “inscribirse” y seguir los trámites que allí se le indican. Esta opción implica que pagará y se registrará de forma telemática, sin necesidad de desplazarse a un Registro.
Opción 2. Modelo 790
Le permite acceder a un formulario que debe cumplimentar en su ordenador, e imprimirlo una vez cumplimentado. Para ello, debe seleccionar la convocatoria de oposición en la plataforma de Inscripción en Pruebas Selectivas y marcar en el icono “impresora” (en la columna MODELO 790)
Tras imprimir el formulario, deberá acudir a una Entidad Colaboradora a efectuar el pago (salvo que reúna los requisitos de exención de pago de la base novena, punto 6 de las bases comunes), y acudir a un Registro Público para presentar su solicitud. No olvide firmar y fechar el documento.
Opción 3. Modelo 790 sin datos
A través de esta opción puede generar un impreso vacío. Si selecciona esta opción deberá imprimir el documento; cumplimentarlo a mano (3 copias); acudir a una Entidad Colaboradora a efectuar el pago (salvo que reúna los requisitos de exención de pago de la base novena, punto 6 de las bases comunes); y acudir a un Registro Público para presentar su solicitud."